Los titulares de vías privadas de urbanizaciones, hoteles o clubes, ¿pueden regular la circulación dentro de sus recintos?
Respuesta correcta
Sí, si no desvirtúan el RGC ni confunden
Por qué
En defecto de otras normas, pueden regular la circulación exclusiva de titulares y clientes cuando constituyan una colectividad indeterminada, sin desvirtuar las normas del RGC ni inducir a confusión.
Fuente: Manual I DGT 2025, Tema 1 · art. 2 LSV y art. 1 RGC
Las tres opciones del examen
- Sí, si no desvirtúan el RGC ni confunden
- No, la regulación corresponde siempre a la DGT
- Solo con autorización judicial
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