La distancia lateral mínima de 1,5 m al adelantar se aplica...

Turismo adelantando a un ciclista en una carretera, desplazado al carril contrario y dejando la separación lateral de al menos metro y medio

Respuesta correcta

A peatones, ciclistas, ciclomotores y patinetes eléctricos

Por qué

Desde el 1 de octubre de 2026, la separación mínima de 1,5 metros se aplica al adelantar a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, vehículos de movilidad personal y ciclistas, dentro y fuera de poblado. Si la calzada tiene más de un carril por sentido, no basta con separarse: es obligatorio el cambio completo de carril.

Fuente: Reglamento General de Circulación, art. 85.4 (redacción dada por el RD 518/2026, en vigor 1-10-2026)

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