¿Tiene un vehículo de movilidad personal la consideración de vehículo a motor?

Respuesta correcta
No.
Por qué
Los vehículos de movilidad personal, aunque tienen motor, quedan excluidos por definición del concepto de vehículo a motor, igual que los ciclomotores, los tranvías y las bicicletas con pedaleo asistido.
Fuente: Manual I DGT 2025
Las tres opciones del examen
- No.
- Sí.
- Solo si supera los 25 km/h.
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