Fuera de la colaboración entre transportistas, ¿qué vehículos pueden arrendarse con conductor?

Respuesta correcta

Únicamente los vehículos de turismo

Por qué

Fuera de los supuestos de colaboración entre transportistas legalmente previstos, únicamente pueden arrendarse con conductor los vehículos de turismo, y ese arrendamiento se considera transporte discrecional de viajeros.

Fuente: ROTT (RD 1211/1990), art. 180

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