Estacionar sobre la acera...

Turismo estacionado en una calle urbana con las ruedas de un lado subidas sobre la acera

Respuesta correcta

Prohibido, salvo lo que regule la ordenanza para los de dos ruedas

Por qué

Está prohibido estacionar sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones. La única excepción no la abre una señal: son los Municipios los que, mediante ordenanza, pueden regular la parada y el estacionamiento de vehículos de dos ruedas y ciclomotores de dos ruedas sobre ellas, siempre que no se perjudique ni entorpezca el tránsito de los peatones.

Fuente: Manual I DGT 2025, Tema 14 (parada y estacionamiento: prohibiciones)

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