El personal de protección civil, ¿puede impedir el acceso de vehículos al itinerario afectado por una actividad deportiva?

Respuesta correcta

Sí, siempre que esté habilitado para ello por la autoridad responsable del tráfico.

Por qué

Cuando una actividad deportiva aconseja limitar la circulación en una vía, la autoridad de tráfico responsable puede habilitar al personal de protección civil para impedir el acceso de vehículos o peatones a la zona o itinerario afectado.

Fuente: RGC, art. 143.4 (pruebas deportivas)

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