El agente de una fotografía le ha ordenado detenerse. ¿Cuándo puede reanudar la marcha?

Respuesta correcta

Cuando el agente cambie de posición o le haga otra señal que se lo permita.

Por qué

La orden de detenerse de un agente se mantiene hasta que él mismo cambie de posición o realice otra señal que autorice la circulación: no se puede reanudar la marcha por cuenta propia.

Fuente: RGC, señales de los agentes

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