Desde el 1 de octubre de 2026, ¿quién puede transportar a un pasajero en una bicicleta preparada para ello?

Respuesta correcta

Solo si la persona que conduce es mayor de edad y la bicicleta cumple los requisitos técnicos.

Por qué

En las bicicletas y demás ciclos se podrá transportar carga y pasajeros si quien conduce es mayor de edad y se reúnen los requisitos técnicos establecidos. La modificación entra en vigor el 1 de octubre de 2026.

Fuente: RD 518/2026 (BOE-A-2026-13889), en vigor 01/10/2026

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